Prohíben la entrada a Baleares durante cuatro años al patrón de una patera que llegó a las islas
La Audiencia de Palma ha condenado al sospechoso a dos años de prisión por un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros
Redacción
La Audiencia de Palma ha prohibido la entrada a Baleares durante cuatro años al patrón de una patera interceptada en aguas del archipiélago las pasadas Navidades con trece pasajeros argelinos a bordo. El sospechoso reconoció los hechos ayer ante el tribunal de la sección segunda. Se declaró autor de un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros y se conformó con la pena solicitada por la fiscalía. Tras admitir los cargos, la sala le impuso una pena de dos años de cárcel.
La abogada defensora solicitó la suspensión de la pena de prisión. La Audiencia Provincial acordó suspenderle la condena por un periodo de cuatro años en los que no podrá delinquir y tampoco podrá residir ni acudir al archipiélago. Hasta ayer, el encausado permanecía en prisión provisional. La defensa pidió también su puesta en libertad.
El hombre pilotaba una embarcación tipo patera, de seis metros de eslora y con un motor de 85 caballos, procedente de Chenoua (Argelia), el pasado 26 de diciembre de 2023, sobre las once y media de la mañana. La barca, con trece pasajeros argelinos a bordo, se adentró en las costas españolas por puesto fronterizo habilitado sin cumplir con la normativa vigente en España sobre inmigración y control de fronteras e incurrió en una infracción de la Ley de Extranjería. La nave tuvo que ser auxiliada en aguas próximas a la costa de Formentera. Salvamento Marítimo rescató a todos los ocupantes y los trasladó hasta Eivissa.
Barca precaria
Según la fiscalía, la travesía desde Chenoua hasta las costas de Balears, que en este caso duró de dos a tres días aproximadamente, se realizó en una embarcación precaria de pequeñas dimensiones dotada de un solo motor, no apta para dicho desplazamiento. Además, superaba el aforo máximo de pasajeros que podía autorizarse por parte de la administración marítima española, con grave riesgo de zozobra, y carecía de elementos suficientes de seguridad y salvamento para los ocupantes, así como tampoco disponía de ayuda para la navegación, con el consiguiente riesgo de naufragio.
Una de las pasajeras había pagado previamente unos 3.000 euros con la finalidad de ser introducida en España. Por su parte, el encausado realizaba el viaje debido a la carencia de medios de vida en su país de procedencia, sin intención de regresar al mismo, sino de permanecer en Europa a fin de labrarse un mejor porvenir, según se desprende del escrito de acusación del ministerio público.
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